La ITE o Inspección Técnica de Edificios

La ITE, o Inspección Técnica de Edificios, es una inspección que todos los edificios de cierta antigüedad deben de pasar. Esta revisión sirve para corroborar que nos encontramos ante una edificación segura y estable. Una edificación que cumple con las condiciones de salubridad y seguridad necesarias como para ser habitada.

Por medio de la ITE se revisa el buen estado de la vivienda en cuanto a los siguientes baremos:

  • Estructura y cimentación del edificio.
  • Estado de las fachadas y medianeras del edificio.
  • Estado de conservación.
  • Seguridad y estabilidad del edificio.
  • Estanqueidad y estado de las cubiertas.
  • Elementos que afecten a la habitabilidad.
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¿Qué técnico se encarga de realizar la ITE?

Los arquitectos, los aparejadores o los ingenieros, son los expertos encargados de realizar la ITE. Dentro de Koncepto® Barcelona podrás encontrar algunos de los mejores expertos de toda España. Si el resultado de la inspección es positivo, el técnico contratado se encarga de expedir un certificado que debe de ser entregado al organismo correspondiente. Por su parte dicho organismo se encargará de emitir el correspondiente certificado de aptitud. En caso de que el edificio no cumpla con las condiciones necesarias para superar dicha inspección, la comunidad deberá de encargarse de realizar las reparaciones y rehabilitaciones necesarias.

Para que un edificio pase la ITE ha de obtener un resultado favorable en los siguientes aspectos:

  • Cumplir con las normas de seguridad vigentes. El edificio debe de ser lo suficientemente seguro como para que vivir en él no suponga ningún riesgo para los vecinos ni para los bienes inmuebles que se encuentran en él. En caso de que haya algún elemento en mal estado que pueda implicar cierto riesgo (como por ejemplo fachadas con riesgo de desprendimiento), deberá de ser reparado inmediatamente.
  • Cumplir con las normas de salud. El edificio que pasa la ITE debe de cumplir con las normas existentes en cuanto a salud pública e higiene. Es por tanto necesario que las redes de saneamiento y fontanería funcionen adecuadamente. Y que no haya humedades ni infiltraciones que puedan provocar problemas de insalubridad.
  • Respeto de la imagen urbana. Las fachadas y edificaciones deben de respetar la imagen urbana. En caso contrario será necesario modificarlas y adaptarlas adecuadamente.

Inspección técnica obligatoria para edificios y viviendas de España

Esta Inspección es obligatoria y está regulada a través del Real Decreto Ley 8/2011 del 1 de julio. Ha de pasarse en prácticamente todas las ciudades españolas. Se lleva a cabo en aquellos edificios con más de 20 años de antigüedad y con una periodicidad de 15 años. Pasados 50 años, el edificio debe de pasar esta inspección cada 10 años.

En caso de que el técnico realice un dictamen desfavorable, deberá de redactar un informe en el cual queden reflejados los siguientes aspectos:

  • Desperfectos. En dicho informe deberán de quedar bien localizados y descritos todos los desperfectos que deban de solventarse. Estos desperfectos pueden estar relacionados con la fachada, las cubiertas, la red de saneamiento y fontanería o con los elementos de accesibilidad.
  • Causas. Los desperfectos no solo deben de ser descritos y localizados, sino que también el técnico que redacta el documento debe de indicar cuáles son sus causas.
  • Medidas a tomar. Deberá de indicarse cuáles son las medidas inmediatas que la comunidad ha de realizar para que el edificio cumpla con las condiciones de salubridad y seguridad necesarias para ser habitado.
  • Obras y ejecución. Además, deberán de quedar descritas los trabajos recomendados y la efectividad de dichas medidas.

Esta acta ha de ser presentada al ayuntamiento de manera inmediata. A su vez, la administración de la comunidad deberá de encargarse de solicitar la licencia municipal que sea necesaria para poder comenzar con las obras de rehabilitación necesarias.

Dependiendo de la gravedad de los problemas del edificio es probable que sea necesario realizar un proyecto técnico. Una vez realizadas todas las reparaciones oportunas se realizará un certificado de idoneidad que debe de ser firmado por el técnico. Si ha sido necesario realizar un proyecto técnico este también ha de presentarse firmado por el técnico y visado por su colegio profesional.

Como hemos explicado unas líneas más arriba esta inspección es obligatoria por Ley. Aquellos edificios que deban de pasar dicha inspección pero no lo hagan serán avisados por el organismo competente para llevarla a cabo. Por norma general se concede un plazo de tiempo adicional para que puedan realizarla de forma voluntaria y presentar la documentación correspondiente.

En caso de que la comunidad de dicho edificio decida seguir incumpliendo sus obligaciones legales, la Administración podrá multar a la comunidad y realizar una ejecución subsidiaria de dicha inspección.

La Comunidad deberá de encargarse de abonar tanto la multa como el pago de la ejecución subsidiaria de la ITE. En caso de que los propietarios o las personas que ocupan el edificio se nieguen a permitir dicha inspección, la Administración deberá de presentar un mandamiento judicial para poder entra en el edificio y realizar la ITE.

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